La obligación del pago de una incapacidad recae sobre la EPS, ARL o fondo de pensiones, según sea el caso. No obstante, es el empleador quien debe pagarla directamente al trabajador y luego realizar el trámite para que le reintegren este valor. En esta infografía le explicamos cómo proceder.
Las incapacidades y otras reclamaciones generan activos contingentes. Dichas deben cumplir algunas condiciones para ser reconocidas como activos. Si tales condiciones no son cumplidas, las reclamaciones deben ser objeto de simple revelación en notas a los estados financieros.
El reconocimiento de los activos, pasivos, ingresos y/o gastos bajo Estándares Internacionales implica examinar el cumplimiento de ciertos lineamientos, para que estos puedan ser incorporados de acuerdo con su clasificación en cada una de las partidas que componen los estados financieros.
El reconocimiento de los activos, pasivos, ingresos y/o gastos bajo Estándares Internacionales implica examinar el cumplimiento de ciertos lineamientos, para que estos puedan ser incorporados de acuerdo con su clasificación en cada una de las partidas que componen los estados financieros.
Los pagos por concepto de transporte podrían reconocerse como costo, gasto o mayor valor del bien o servicio adquirido, según corresponda. Cabe resaltar que el reconocimiento contable estará definido conforme a la política contable de la entidad.
La reversión de un gasto reconocido en períodos anteriores, debido al no cumplimiento de los criterios para su reconocimiento, constituye una inexactitud en los estados financieros sobre información fiable.
Es una práctica común recibir reintegro de costos y gastos por parte de otras entidades, con las cuales se ha concretado compartir ciertas obligaciones. La entidad solo debería reconocer como costo o gasto la porción que le corresponda, según las condiciones pactadas con los terceros.
El CTCP señala que al momento de utilizar los criterios de reconocimiento y medición a las transacciones y hechos económicos, se deben incluir la totalidad de los mismos, afectando de esta manera los activos, pasivos, ingresos, costos y gastos de la entidad, teniendo en cuenta el marco técnico de información aplicable según el grupo al que pertenezca la entidad, independientemente de que para efectos tributarios, algunos de estos ingresos pueden ser considerados como exentos o como no constitutivos de renta, así como algunos de estos costos y gastos se consideren como no deducibles.
Para conocer qué tratamiento debe darse al reconocimiento de los gastos notariales en la compra de un terreno se requiere revisar el párrafo 10 y 11 de la sección 17 del Estándar para Pymes. De este estudio de la norma se infiere que estos costos hacen parte del costo del terreno.
El reconocimiento de los ingresos y gastos tiene como base, los cambios de valor de los activos y pasivos originados por transacciones y otros eventos o sucesos, lo cual es el requisito fundamental cuando se utiliza la base de causación o devengo.
El descuento otorgado en el pago del impuesto de industria y comercio, debe ser reconocido como un menor valor del gasto registrado y no como otros ingresos. No obstante, cuando se tenga la certeza de que el descuento se hará en una fecha futura, éste debe afectar el valor de la cuenta por pagar y el gasto registrado en el momento de su reconocimiento inicial.
El CTCP señala que los gastos de investigación o desarrollo, forman parte del costo de un activo cuando este se reconoce por su valor de adquisición, en el cual se incluyen los gastos incurridos para darle su condición o ubicación, y que usualmente están incluidos en el precio de compra.