Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 20 de noviembre

Concepto 931 de 01-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 1 noviembre, 2017

Al resolver consulta, el CTCP precisa que los ingresos por bonos otorgados a los clientes incrementan el precio de venta para mantener los márgenes, y deben ser reconocidos por el concesionario en la fecha de venta, esto es, la fecha en que se cumplen las condiciones para su reconocimiento. El aplazamiento del reconocimiento para el periodo en el cual se elabora la factura o se realiza el pago, estaría en contravía del principio o devengo. Asimismo, señala que contabilizar como un descuento comercial o un descuento condicionado un bono otorgado por el fabricante, que afectaría el costo de ventas del concesionario y la cuenta por pagar al fabricante, no es procedente, por cuanto el propósito del bono es mantener los márgenes de venta del concesionario y no otorgar un descuento sobre los bienes adquiridos por el concesionario al fabricante. En consecuencia, los ingresos por venta de bienes estarían representados por el precio pagado por los compradores y el importe de los bonos otorgados por el fabricantes; estos deberían ser reconocidos en la fecha en que se cumplan las condiciones para su reconocimiento.

Concepto 916 de 26-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 26 octubre, 2017

El CTCP precisa que lo establecido en la NIIF 16, que trata sobre la nueva norma sobre arrendamientos, aún no ha sido incorporado en los marcos de información financiera que deben ser aplicados en Colombia. A finales del años 2017, se expedirá el decreto que actualiza los marcos de información financiera y aseguramiento.

Concepto 917 de 26-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 26 octubre, 2017

El CTCP precisa que las personas naturales que sean comerciantes, están obligadas a llevar contabilidad. Dicha obligación no depende de si pertenecen o no, al régimen simplificado o común del impuesto sobre las ventas.

Concepto 901 de 24-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 24 octubre, 2017

El CTCP señala que la NIC 21 y la Sección 20 del marco técnico normativo para pymes, establecen los lineamientos para la contabilización de transacciones en moneda extranjera para una entidad que sea clasificada en el grupo 1 o 2, respectivamente.

Concepto 902 de 23-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 23 octubre, 2017

Los requerimientos establecidos en el Decreto 2650 de 1993, quedaron sin vigencia a partir de la aplicación de los nuevos marcos de información financiera. Respecto al Decreto 2649 de 1993, solo se encuentran vigentes aquellas normas que no hayan sido objeto de regulación en los decretos reglamentario de la Ley 1314 de 2009.

Concepto 897 de 20-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 20 octubre, 2017

El CTCP señala que, para determinar los registros contables que debe realizar una entidad que recibe los derechos fiduciarios como parte de pago para posteriormente entregarlos como parte de pago a uno de sus proveedores (cuentas por pagar), es necesario que se aclare el tipo de fiducia que está involucrada en esta transacción y si la entidad ha recibido de parte del patrimonio autónomo un título en garantía como respaldo de sus obligaciones; también si otros terceros son titulares de tales derechos. Cabe señalar que los negocios fiduciarios son actos de confianza en virtud de los cuales una persona entrega a otra uno o más bienes determinados, transfiriéndole o no la propiedad de los mismos, con el propósito de que ésta cumpla con ellos una finalidad específica, bien sea en beneficio del fideicomitente o de un tercero. Incluye la fiducia mercantil y los encargos fiduciarios, al igual que los negocios denominados de fiducia pública y los encargos fiduciarios públicos.

Concepto 889 de 16-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 16 octubre, 2017

Las contraprestaciones económicas obtenidas por la explotación de bienes comunes son para el beneficio común de la copropiedad y se deberán destinar al pago de expensas comunes del edificio o conjunto, o a los gastos de inversión, según lo decida la asamblea general.

Concepto 879 de 12-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 12 octubre, 2017

La NIC 12 contiene los requerimientos para el reconocimiento de activos y pasivos diferidos. Estos se derivan de diferencias temporarias oponibles y deducibles, y de pérdidas y créditos fiscales no utilizados.

Concepto 885 de 12-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 12 octubre, 2017

No es posible efectuar reexpresión de estados financieros que no han sido elaborados con fundamento en la información registrada en los libros oficiales de contabilidad. La certificación es una declaración de que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en los estados financieros, y que ellas han sido fielmente tomadas de los libros.

Concepto 020310 de 02-10-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 2 octubre, 2017

De acuerdo con el artículo 87 de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, dentro de los modos en que los actos administrativos adquieren firmeza, luego de que el administrado a interpuesto recursos contra la decisión de la administración, se encuentran las figuras del desistimiento y la renuncia expresa de ellos. Frente a las mismas, es correcto afirmar que son derechos que ostentan los administrados y que pueden usar en cualquier tiempo antes de que la administración resuelva los recursos interpuestos, oportunidad que se deduce de lo consagrado en el artículo 81 del mismo código. Cabe señalar que, si el administrado presenta desistimiento a los recursos previamente interpuestos en sede administrativa, esta solicitud deberá ser aceptada por la administración y su aceptación deberá ser notificada al administrado. De esta manera, con la notificación de aceptación de la administración al administrado quedará en firme y ejecutoriada la decisión de la administración.

Concepto 020292 de 02-10-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 2 octubre, 2017

Teniendo en cuenta que la Ley 1819 de 2016 entró a regir desde la fecha de su publicación, es decir, desde el 29 de diciembre de 2016, pero que el nuevo artículo 589 del ET modificado por el artículo 274 de la citada ley, que trata de las correcciones que disminuyen el valor a pagar o aumentan el saldo a favor, solo entrará en vigencia una vez la Administración Tributaria realice los ajustes automáticos necesarios y lo informe así en su página web, plazo que no podrá exceder de un año contado a partir del 1 de enero de 2017; es necesario precisar los términos y procedimientos aplicables de manera general según la línea de tiempo en que las declaraciones se hayan presentado. Por lo anterior, la Dian explica el procedimiento a aplicar en las declaraciones iniciales presentadas antes de la publicación de la Ley 1819 de 2016; en las declaraciones iniciales presentadas después de la publicación de la Ley 1819 de 2016 y antes de entrar en vigencia el nuevo artículo 589 del ET modificado por el artículo 274 de la mencionada ley; y en las declaraciones iniciales presentadas en vigencia del nuevo artículo 589 del ET modificado por el artículo 274 de la Ley 1819 de 2016. Cabe señalar que el factor determinante de los términos y procedimiento a seguir será la fecha de presentación de la declaración inicial y no del vencimiento del plazo para declarar.

Concepto 023270 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 septiembre, 2017

Aun cuando el pago de regalías sea realizado por una filial, sucursal, subsidiaria o agencia en Colombia de sociedades extranjeras a sus casas matrices u oficinas del exterior, no será deducible en el impuesto sobre la renta y complementarios, cuando corresponda a la explotación de un intangible formado en el territorio nacional, o bien, cuando estén asociadas a la adquisición de productos terminados.

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