


Aspectos clave para la realización de la asamblea de accionistas o junta de socios
CAPACITACIONES, Derecho ComercialLos primeros tres meses del año son cruciales para las sociedades mercantiles, pues durante estos deberán realizarse las reuniones obligatorias del máximo órgano social, para lo cual es fundamental cumplir con determinados lineamientos que sustentan su legalidad.

Estados financieros, publicidad antes y después de reunión del máximo órgano social
ACTUALIDAD, Derecho ComercialPor disposición legal, los estados financieros deben ser publicados y se debe permitir a los asociados verificar sus soportes antes de la reunión del máximo órgano social, para poder ejercer el derecho de inspección. Después de dicha reunión, darle publicidad a terceros.
Concepto 220-074518 de 03-05-2016
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Se aclararon algunos aspectos sobre la comisión aprobatoria del acta correspondiente a las reuniones del máximo órgano social.
Concepto 220-073864 de 29-04-2016
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Recordó que la distribución de utilidades que realiza el máximo órgano social se debe realizar según lo dispuesto a la ley y los estatutos sociales, en virtud de esto, aclaró algunos aspectos sobre el pago de dividendo a los asociados.
Concepto 220-071054 de 20-04-2016
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Las utilidades solo pueden repartirse con fundamento en estados financieros de fin de ejercicio debidamente aprobados por el máximo órgano social.
Impugnación de decisiones del máximo órgano social
Derecho ComercialEl Código de Comercio, en su artículo 191, señala que las decisiones tomadas por la asamblea o junta de socios, pueden ser impugnadas por los administradores, revisores fiscales, socios ausentes o disidentes cuando estos consideren que no se ajustan a los estatutos o la ley. Aunque la ley faculta a los socios para realizar la […]
Grabar reuniones del máximo órgano social no afecta el derecho de reserva
Derecho ComercialEl artículo 189 del Código de Comercio señala que las decisiones que se tomen en la junta de socios o asamblea, deben quedar constatadas a través de actas debidamente aprobadas por el presidente y secretario. A su vez, el artículo 431 indica que no solo se debe dejar constancia de las decisiones tomadas, sino también […]
Concepto 220-057266 de 31-03-2016
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Se aclararon conceptos sobre la responsabilidad de los administradores y el máximo órgano social del ente societario, y el conflicto entre socios.
Concepto 220-054538 de 16-03-2016
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Trata sobre la impugnación de decisiones del máximo órgano social.
Concepto 220-000183 de 04-01-2016
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Concepto sobre la corrección del libro de actas y la no convocatoria a reuniones ordinarias del máximo órgano social.

Revisor fiscal, ¿quién tiene la autoridad para nombrarlo y/o removerlo?
ACTUALIDAD, Auditoría y revisoría fiscalEl revisor fiscal debe enfocarse en realizar el estudio jurídico-contable de la entidad para la cual presta sus servicios, y emitir un informe para el Máximo Órgano Social que lo nombra. Entrar en discusiones con el administrador, el gerente o el representante legal es desviar la atención de su labor.

Ante asamblea general se pueden denunciar irregularidades de administrador y consejo de administración
ACTUALIDAD, Derecho Comercial, Propiedad HorizontalLa Ley 675 del 2001 no define órganos de control para las propiedades horizontales, pero si se presentan inconvenientes con el administrador o los miembros del consejo de administración, cualquier persona puede reunirse con propietarios que sumen la quinta parte o el 20% del coeficiente de área privada y tomar decisiones al respecto.
Concepto 220-132662 de 07-10-2015
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Aclara conceptos sobre la exclusión de accionistas, elección del presidente y secretario de la reunión e impugnación de actas en una SAS.
Concepto 220-132136 de 06-10-2015
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Aclara conceptos sobre la prohibición enunciada en el artículo 435 del Código de Comercio sobre la conformación de juntas directivas por personas con parentesco.

Participación de personas ajenas en las reuniones del máximo órgano social
ACTUALIDAD, Propiedad HorizontalLa asistencia de personas diferentes a socios, accionistas o propietarios a las reuniones del máximo órganos social es válida, pero para ello se deben tener en cuenta varios aspectos que a continuación explicamos.

Suspensión de asamblea de accionistas y su continuidad
ACTUALIDAD, Derecho ComercialUna vez iniciada la asamblea de accionistas o junta de socios es válido, por muchos motivos, que se suspenda la reunión y, posteriormente, darle continuidad al desarrollo de los temas. Para que no sea considerada una nueva reunión sino una continuidad a la anterior, se requiere cumplir ciertas condiciones.

Convocatoria para Asambleas y Juntas, su buena realización evita decisiones ineficaces
ACTUALIDAD, Derecho ComercialNo espere hasta el primer día hábil de abril para hacer la reunión obligatoria del máximo órgano social. La buena convocatoria es el primer paso, no sólo del éxito en una buena asistencia de los asociados sino que evita la ineficacia de las decisiones tomadas.
Concepto 220-187520 de 10-11-2014
Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDADSupersociedades. Por regla general, independientemente de quien haya realizado la convocatoria, en las asambleas extraordinarias solo podrá decidirse sobre los temas incluidos en el orden del día; sin embargo, por decisión de los asociados, el órgano social podrá tratar temas diferentes siempre y cuando se haya agotado antes el temario objeto de la convocatoria.

Miembros del consejo de administración serán los encargados de remover de su cargo a uno de sus integrantes
ACTUALIDAD, Derecho ComercialAdministrador, revisor fiscal, la mayoría de los miembros del consejo de administración o un número plural de propietarios que representen mínimo el 20% del coeficiente, deben convocar una asamblea extraordinaria para la remoción de uno de los miembros.

Inasistencia a asamblea de propietarios, multa no es automática
ACTUALIDAD, Derecho Comercial, Propiedad HorizontalEn muchas propiedades horizontales se cree que la multa por inasistencia a su asamblea de copropietarios es automática, cuando para ello debe estar creada primero por el máximo órgano social y segundo, debe agotarse un proceso antes de imponerse.