La estrategia se entiende como el conjunto de acciones aplicadas en un contexto definido para lograr unos objetivos. El contexto a aplicar en la auditoría es desarrollado bajo Normas de Aseguramiento de la Información.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Normas de aseguramiento.
Desde el punto de vista del comprador de la póliza hay dos formas correctas de reconocer las cuotas del seguro; lo correspondiente al depósito podrá manejarse como gasto pagado por anticipado.
Los nuevos estándares tanto para preparación de información financiera como para su aseguramiento, ofrecen la novedad de la incursión del concepto de riesgo en la contabilidad, que de la mano con los objetivos de los estándares responde a un enfoque de tipo financiero.
Esta Norma Internacional sobre Contratos de Aseguramiento (Internacional Standard on Assurance Engagements – ISAE, en inglés), es utilizado normalmente para plantear los objetivos ya definidos, los procedimientos a utilizar en la auditoría de los Estados Financieros, el contrato de aseguramiento es la afirmación por parte del auditor de su disposición para realizar el trabajo encomendado de la manera mas indicada posible de acuerdo a los estándares internacionales, por su parte también es la aceptación por parte de la administración del proceso o de como se llevará a cabo el proceso de auditoría, siempre teniendo en cuenta los objetivos de ésta.
El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría (IAASB por sus siglas en inglés) organismo independiente de la IFAC (Federación Internacional de Contadores) emite las Normas Internacionales de Aseguramiento de la Información, que deben ser aplicadas en Colombia según la Ley 1314 de 2009.
A través del Decreto 302 de febrero 20 del 2015 el Ministerio de Comercio efectuó la reglamentación de la medida contenida en el artículo 5 de la Ley 1314 del 2009 y expidió el documento de 929 páginas que contienen todo el marco de las “Normas de Aseguramiento de la Información” el cual empezará a aplicarse a partir del año 2016. Su aplicación completa será obligatoria en el ejercicio de la Revisoría Fiscal para las entidades del Grupo 1 e igualmente en el caso de la Revisoría Fiscal de algunas entidades que pertenezcan al Grupo 2.
Mediante el presente índice se pueden apreciar los diferentes capítulos y subtemas en que se haya dividido el anexo de 929 páginas que acompaña al decreto 302 de febrero 20 de 2015.