La DIAN publicó la versión 1.3 de su prevalidador para el formato 1732 del año gravable 2016, la cual reemplaza las anteriores versiones 1.0 y 1.2. En este se indaga si quien lo utiliza es un usuario industrial de zona franca o un contribuyente con contrato de estabilidad jurídica vigente.
DIAN. Mediante la cual se establece quiénes pueden presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario correspondiente al año gravable 2016 de manera litográfica.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 114-1 del ET, los usuarios comerciales que tributen a la tarifa general del impuesto sobre la renta del 33% y los usuarios de zona franca que liquiden la tarifa del impuesto sobre la renta del 20%, tienen derecho a la exoneración del pago de aportes parafiscales a favor del SENA, del ICBF y de las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud. Cabe señalar que tal exoneración no aplica a los usuarios de nuevas zonas francas establecidas en el municipio de Cúcuta, pues al tener una tarifa del 15% para el impuesto de renta, no cumplen con los parámetros establecidos en el parágrafo tercer del artículo 114-1 del ET para tener derecho a la misma; dicha exoneración tampoco aplica a los usuarios que hayan suscrito contratos de estabilidad jurídica.
Una empresa vendió unos radios de comunicación a otra ubicada en una zona franca, para tal caso ¿cuál sería la periodicidad del IVA?
En la importación desde zona franca al resto del territorio aduanero nacional de una mercancía que ingresó a la zona franca amparada en un solo documento de transporte, no procede el endoso parcial en propiedad, por expresa prohibición de la normatividad comercial.
DIAN. Mediante la cual se fija la competencia funcional y territorial de la DIAN cuando se trate de zonas francas permanentes costa afuera.
DIAN. Mediante el cual se fijaría la competencia funcional y territorial de la DIAN cuando se trate de zonas francas permanentes costa afuera.
¿Las zonas francas tienen el beneficio de exoneración de aportes parafiscales?
Resuelta en marzo 09 de 2017
La exención del IVA prevista en el literal e) del artículo 481 del ET, procede cuando las materias primas, insumos y bienes terminados se venden desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de bienes o de servicios de Zona Franca o entre estos, siempre que los mismos sean necesarios para el desarrollo del objeto social de dichos usuarios.
La ministra de Comercio, Industria y Turismo destaca que se han creado 1.283 empresas exportadoras, al pasar de 9.231 en el 2010 a 10.214 en el 2016, gracias a que se han identificado y eliminado 1.120 barreras, entre arancelarias y no arancelarias.
La reforma tributaria permitirá un nuevo impulso al sector, que ha generado más de 250.000 empleos, informó la Andi.
El DANE reveló que las exportaciones totales de mercancías desde las zonas francas colombianas en el 2016 fueron de US$3.093,1 millones y presentaron un aumento de 46,7 % respecto a 2015 cuando se exportaron US$2.108,8 millones y se registró una variación de 1,1 %.