Teniendo en cuenta que se debe presentar el IVA con una periodicidad cuatrimestral, ¿es posible descontar el IVA de un factura del mes de diciembre en el primer cuatrimestre del año siguiente?
Una sociedad financiera que no es un banco, hace préstamos y cobra intereses mensuales. ¿Debe facturar dichos intereses? Si es así, ¿la factura se debe hacer cada mes o al principio del plazo del crédito calculando los intereses por el tiempo de tal crédito?
En relación con el cambio de paradigmas y costumbres a las que deberían enfrentarse las compañías al implementar NIIF, con respecto a los proceso de facturación, despacho de mercancías a clientes y el debido reconocimiento de ingresos para para efectos de las NIIF y también para los tributarios, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, […]
El Estatuto Tributario señala que quienes tienen la obligación de expedir factura de venta, deben hacerlo con el lleno de los requisitos establecidos en artículo 617 de dicho estatuto, a saber:
El artículo 2 del Decreto 1001 de 1997 señala las personas naturales y entidades que no se encuentran obligadas a expedir factura; estos son:
En la actividad del mercado colombiano es común que por diferentes razones, algún producto deba ser facturado en un momento diferente de aquel sobre el cual se acordaron las condiciones de entrega; tal es el caso de cuando se despacha mercancía el 20 de diciembre, era jueves y no alcanzó a llegar el viernes 21, el 22 fue sábado y no se atendía, solo hasta el 24 lunes podría recibirse la mercancía, pero los empleados de bodega tienen día libre, el martes 25 es festivo y solo hasta el miércoles 26 se recibe la mercancía.
Los títulos valores se pueden entender como contratos, debido a que constituyen un acuerdo, que tienen determinados sus componentes y su finalidad; un título valor se puede definir:
Cuál sería el registro contable de una factura de una persona jurídica contratista en obra civil, en la cual se factura el costo directo, el AIU y el IVA sobre la utilidad. La actividad económica principal de esta sociedad es construcción de obra civil.
Una EAT me presta servicios de remodelación de un edificio, se les practica retención en la fuente sobre el AIU, sobre todo la factura o no se le practica retención.
Para las ESAL, ¿se debe colocar en la factura que no se les realice retención en la fuente por ser régimen especial?