El CTCP recuerda que el Decreto 2101 del 22 de diciembre de 2016 establece un marco técnico normativo para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha, el cual es obligatorio para los procesos de liquidación que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.
El cumplimiento del principio o hipótesis de negocio en marcha o empresa en funcionamiento es fundamental para la preparación de estados financieros bajo Estándares Internacionales; la confirmación del cumplimiento de dicho requisito también es responsabilidad del auditor.
Ministerio de Comercio. Publicó en su portal el Proyecto de Decreto que agregaría un nuevo título y anexo al Decreto Único 2420 de diciembre de 2015, estableciendo así el marco contable que aplicarían, a partir del 2018, aquellas entidades que incumplan la hipótesis de negocio en marcha.
Al elaborar los estados financieros debe evaluarse si la entidad cuenta con la capacidad económica y operativa suficiente para continuar en funcionamiento; de ser afirmativo, se considerará que la empresa se encuentra bajo la hipótesis de negocio en marcha.