DIAN. En el cual se enuncian los efectos jurídicos de la declaración de renta, como lo es la situación legal en la que se ubica el contribuyente con su presentación y las sanciones a las que podría estar sujeto si no la presenta en debida forma.
Daniel Sarmiento Pavas fue reelegido como miembro del directorio GLENIF. Un reconocimiento a la gestión desarrollada durante el proceso de investigación e impulso a las Normas Internacionales de Información Financiera.
De la mano del Dr. Juan Fernando Mejía, seguimos con el taller práctico Efectos tributarios de las NIIF año gravable 2016. Bogotá, Bucaramanga y Villavicencio serán las últimas ciudades que nos recibirán. Separe su cupo y asegúrese un descuento.
El proyecto de ley presentado por el Gobierno ante el Congreso ha creado ambiente de discordia entre productores nacionales e importadores, por el aumento en los impuestos que tendrán que pagar.
DIAN. Mediante el cual se establece que en los casinos, el pago de los premios no es una devolución, pero si constituye una deducción ya que son necesarios para producir la renta.
DIAN. La DIAN reconsidera la doctrina que estuvo contenida en el Concepto 650 de junio 30 de 2016, en la que se había hecho una interpretación especial sobre el tipo de estados financieros que las personas naturales comerciantes tendrían que reportar en el Registro Único de Proponentes (RUP) administrado por las Cámaras de Comercio.
Consejo de Estado. Por medio del cual se indica que el término para ejercer la facultad de revisión frente a las liquidaciones oficiales de corrección es de dos años, transcurrido ese tiempo esta queda en firme.
DIAN. Mediante el cual se establece que si una persona natural percibe rentas pasivas en una proporción superior al 20% de sus rentas totales del ejercicio gravable, se clasifica como “Otros” por el respectivo período fiscal.
Consejo de Estado. Por medio del cual se precisó que para que sea válida la suspensión del término para notificar el requerimiento especial por tres meses, los comisionados o inspectores deben haber iniciado las actividades propias de su cargo.
Ministerio de Salud y Protección Social. Por el cual se modifica el artículo 2.6.1.4.3.10 de la sección 3 del Capítulo 4 del título 1 de la parte 6 del libro 2 del Decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con la verificación de requisitos para el reconocimiento de los gastos e indemnizaciones cubiertos por la Subcuenta ECAT del Fosyga.
Ministerio de Salud y Protección Social. Por el cual se modifican los artículos 2.9.2.5.2, 2,9.2.5.3 y 2.9.2.5.8 del Capítulo 5, Título 2, Parte 9 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social.
Con esta iniciativa se busca reducir la brecha laboral entre hombres y mujeres. La titular de la cartera laboral calificó la desigualdad de género en materia laboral de dramático en Colombia. Mujeres ganan 20% menos que los hombres por igual trabajo.