Un daño colateral del COVID-19 y de sus remedios será la negación de los efectos de los sistemas de beneficios tributarios de reciente creación en Colombia, a saber: el de la zona económica y social especial –Zese–, el régimen simple de tributación y las rentas exentas de la llamada economía naranja.
Con la Ley 1943 de 2018, denominada Ley de financiamiento, se busca dinamizar la economía nacional mediante la renovación de los beneficios y obligaciones tributarias vigentes.
Esta ley modificó algunos regímenes especiales y creó otros, como el SIMPLE o el de las compañías holding colombianas.
Las donaciones realizadas a las Esal calificadas en el RTE o a entidades señaladas en los artículos 22 y 23 del ET darán lugar al descuento del 25 % del total del valor donado.
Con ocasión del COVID-19 se han realizado donaciones, por lo que es necesario considerar el manejo tributario de las mismas.
Para este 2020, el plazo máximo de inscripción al nuevo régimen simple de tributación irá hasta el 31 de julio del mismo año.
Por esta razón, deben tenerse en cuenta cada una de sus características, así como las obligaciones y beneficios a los que estaría expuesto el contribuyente.
¿Las entidades que se acogieron al régimen simple de tributación a mediados de 2019 están obligadas a presentar la información exógena?
Entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020, las personas jurídicas y naturales, no calificadas como grandes contribuyentes, deberán enviar el reporte de información exógena por el AG 2019.
Para los contribuyentes del SIMPLE pueden presentarse dificultades al momento de cumplir con esta obligación.
A través del Decreto 401 de 2020, Minhacienda fijó los plazos para el pago de los anticipos bimestrales para contribuyentes del régimen simple.
Para el bimestre de enero – febrero de 2020, el pago del anticipo deberá efectuarse entre el 5 y el 18 de mayo del año curso, según el último dígito del NIT.
¿En qué fecha debe presentarse la declaración anual de los contribuyentes del SIMPLE? ¿Cuál es el formulario que se debe utilizar?
Conozca cuáles son los beneficios de pertenecer al SIMPLE, quiénes pueden o no pertenecer a este y cómo hay que inscribirse, entre otros temas.
En #CharlasEnCasa, Alejandro Delgado Perea respondió interrogantes sobre la pertinencia o no de tributar bajo el régimen simple de tributación.
¿Si la declaración anual del Régimen simple año gravable 2019 se vence en octubre de 2020, pero la exógena año gravable 2019 se vence en junio, cómo se podrá entregar esa información exógena?
El régimen simple de tributación, creado por el artículo 66 de la Ley 1943 de 2018, y reglamentado por el Decreto 1468 de 2019, es un modelo de tributación opcional que busca alivianar las cargas tributarias de los contribuyentes.
Esta declaración deberá ser presentada entre el 22 y 28 de octubre de 2020.
El nuevo formulario 2593 para el 2020 es mucho más complejo que el utilizado en 2019; esta vez, la Dian recaudará el ICA para luego trasladarlo a los municipios. El primer formulario se vencerá durante mayo de 2020 y lo usarán los más de 8.000 contribuyentes que hasta ahora se han acogido al SIMPLE.