El contrato de mandato, tipificado en los artículos 2142 y siguientes del Código Civil, es un acuerdo por el cual una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera, a cambio de una retribución pactada entre ambos.
En los contratos de mandato, el mandatario tiene la obligación de ejecutar las actividades delegadas por el mandante, sobre las cuales deberá luego rendir cuentas. Analizamos si se requiere utilizar cuentas de orden para la contabilización de las operaciones que se deriven de este tipo de contratos.
Bajo Estándares Internacionales, ¿es válido, por parte del mandatario, utilizar cuentas de orden para registrar las operaciones de un contrato de mandato?
El reconocimiento contable de cada una de las transacciones que se realiza en el desarrollo de los contratos de mandato depende de las obligaciones y derechos que tenga cada una de las partes. Mencionamos algunas transacciones que deben tenerse en cuenta para contabilizar este tipo de contratos.
En un contrato de mandato, el mandatario debe realizar las operaciones que le sean delegadas por el mandante, para lo cual debe efectuar transacciones de compra y venta que, aunque se ejecuten a su nombre, seguirán afectando el patrimonio del mandante. Explicamos la contabilización de este contrato.
En la información exógena ¿cómo deben reportarse los ingresos y los costos generados bajo un contrato de mandato?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Una persona jurídica que recibe ingresos por arrendamiento bajo inmobiliaria de un local de su propiedad ¿debe facturar electrónicamente esta operación, aun cuando no corresponde a su objeto social?
Pregunta resuelta el 11 de abril de 2019.
La Superintendencia de Sociedades recientemente dispuso que delegar funciones propias de un representante legal mediante un contrato de mandato no otorga al mandatario tal envestidura, ya que, aunque sean propias de dicho cargo, este se debe limitar a lo dispuesto a través del referido contrato.
Las mercancías entregadas en consignación son manejadas como un contrato de mandato, en el cual debe analizarse si el mandatario se encuentra obligado a facturar electrónicamente, para lo cual deberá cumplir con el procedimiento de habilitación respectivo de conformidad con el Decreto 1625 de 2016.
Los ingresos recibidos para terceros no deben incluirse en los resultados de la entidad. Esta afirmación parece obvia para cualquier profesional contable; lo que puede resultar no tan obvio es la identificación misma de los ingresos, para la cual es necesario aplicar el juicio profesional.
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Según los nuevos marcos contables de información financiera, ¿cómo deben ser contabilizados los contratos de mandato?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Cómo opera la retención en la fuente cuando se firman contratos de mandato?
Resueltas agosto 16 de 2018