Ministerio de Protección Social. Al no contemplar la normatividad laboral el desplazamiento hasta el sitio de trabajo, como parte de la Jornada Laboral, se considera que el tiempo que utilice el trabajador en su desplazamiento, lo hace fuera de su jornada de trabajo.
Ministerio de Protección Social. Jornada laboral.
Consejo de Estado. La prestación permanente del servicio bajo una jornada laboral parcial de 4 horas, no excluye en lo absoluto la configuración del contrato realidad, ni permite concluir que en tal caso exista autonomía e independencia por parte del presunto contratista.
Hay empresas que laboran siempre los días domingos como restaurantes, clubes sociales, etc., pero no están en mucha capacidad para pagar los recargos legales por labores en domingo. Aquí una solución legal.
Variación de la jornada laboral de medio tiempo a tiempo completo.
No toda «Disponibilidad Laboral», es asimilable como trabajo y que por lo tanto deba estar enmarcada dentro de la Jornada Laboral de trabajo, diferenciándolas por la mayor o menor restricción de la libertad de aprovechamiento autónomo del tiempo por el trabajador.
El empleador y el trabajador pactarán la jornada de trabajo, y en la distribución de ese tiempo, pueden acordar el tiempo de descanso durante la jornada.
Hay empleados contratados para laborar diariamente 4, 5 o 6 horas, pero si con este horario deben trabajar más tiempo al día, ¿se les debe pagar horas extras?
No toda «Disponibilidad Laboral», es asimilable como trabajo y por lo tanto no debe estar enmarcada dentro de la Jornada Laboral de trabajo.
La Legislación Laboral trata de manera expresa la jornada máxima para las personas que se desempeñan en actividades de vigilancia, pero esto es de las normas más violadas, sin tener en consideración las cuantiosas condenas en una Demanda Laboral.
Corte Constitucional. Jornada laboral para personal de servicio domestico.