Los contribuyentes que no cumplen sus obligaciones tributarias se exponen a diferentes tipos de sanciones por la Dian. A continuación, se presentan 10 respuestas clave a preguntas frecuentes sobre el tema abordadas por nuestro equipo experto en la materia.
Con la reforma tributaria las sanciones por extemporaneidad y por no declarar empezaron a aplicar a las declaraciones de activos en el exterior. A inicios de 2017 el formulario 160 tuvo que reexpedirse con el propósito de que los contribuyentes pudieran liquidar la sanción por extemporaneidad.
Con las modificaciones que la Ley 1819 de 2016 efectuó sobre las sanciones por extemporaneidad y por no declarar, estas son ahora aplicables a la declaración de activos en el exterior, por tanto, ya no les son aplicables las sanciones del artículo 651 del ET, que son para los reportes de exógena.
¿Los créditos de consumo, rotativos y/o tarjetas de crédito con el sector financiero, forman parte de las deudas de que habla el artículo 118-1 del ET y por consiguiente sus intereses pagados se pueden deducir?
Resuelta 21 de Julio de 2017
¿La DIAN se encuentra facultada para imponer sanciones tributarias a los contribuyentes que se les compruebe irregularidad en el registro de su contabilidad?
Resuelta 03 de Agosto de 2017
La reforma tributaria introdujo varias novedades en materia de procedimiento tributario. Estas nuevas disposiciones aplican desde enero 01 de 2017, incluso para las declaraciones del año gravable 2016 presentadas a lo largo de este año. En esta conferencia destacamos los cambios en sanciones.
Las novedades de las normas de procedimiento tributario que introdujo la reforma tributaria, en aspectos como las sanciones y el término de firmeza, deben ser tenidas en cuenta en las declaraciones de renta de personas naturales del año gravable 2016, cuyos vencimientos inician mañana.
La Dian precisa que un contribuyente puede acogerse a la terminación por mutuo acuerdo señalada en el artículo 306 de la Ley 1819 de 2016, aun cuando el representante legal y/o revisor fiscal decida no acogerse y haya sido sancionado en la misma liquidación oficial de revisión.
¿Es legal que al contador público de la empresa se le descuente de su pago los valores que se han generado por sanciones tributarias, argumentando que es su responsabilidad velar porque esto no suceda?
Mediante el Decreto 196 de 2017, la Alcaldía de Bogotá reglamentó los incentivos tributarios de los artículos 305 y 306 de la Ley 1819 de 2016. A continuación, hablaremos de la solicitud de conciliación para impuestos distritales y retenciones que podrá realizarse hasta el 30 de septiembre de 2017.
A través del artículo 306 de la Ley 1819 de 2016 se facultó a la DIAN para terminar por mutuo acuerdo procesos administrativos, entre ellos, en materia tributaria. Mediante decreto se reglamentaría lo dispuesto en dicho artículo, entre ellos los requisitos para realizar la solicitud.
Con base en el artículo 356 de la Ley 1819 del 2016, el Concejo de Bogotá estableció condiciones especiales de pago para los morosos de impuestos correspondientes a los periodos gravables 2014 y anteriores.